Una demanda presentada en los juzgados civiles de Cali plantea presuntas irregularidades en la atención de una menor en la Clínica de Género de la Fundación Valle del Lili; la familia solicita medidas cautelares y abre un debate sobre protocolos, consentimiento y responsabilidad institucional.
Lo que afirma la demanda: hechos y reclamos
Una familia del Valle del Cauca presentó recientemente una demanda civil contra la Fundación Valle del Lili, en la que plantea que su hija —identificada en el proceso con un nombre ficticio— recibió tratamientos de afirmación de género en la institución entre 2017 y 2020 y que esos procedimientos adolecieron de fallas en la evaluación y en el consentimiento informado. La información sobre la presentación de la demanda y el texto del libelo fueron difundidos por medios que accedieron al expediente judicial.
Según el documento al que tuvo acceso la prensa, los representantes legales de la familia solicitan, entre otras cosas, la prohibición de que se repitan procedimientos similares en la clínica y reclaman indemnizaciones por los daños que atribuyen a las actuaciones médicas. Las notas periodísticas indican que la acción promete una “larga batalla judicial” y que el caso ha reabierto la discusión pública sobre los límites y garantías en la atención de personas menores de edad con diagnóstico de disforia de género.
Es preciso subrayar que lo contenido en la demanda constituye alegaciones de la parte actora; la existencia de reclamaciones no equivale a una determinación judicial sobre responsabilidad. El proceso civil en curso deberá verificar pruebas, testimonios y expedientes clínicos para establecer hechos y responsabilidades conforme a la ley.
Marco jurídico, antecedentes y datos oficiales
El debate ocurre en un marco jurídico complejo. La Corte Constitucional y otras instancias han desarrollado jurisprudencia sobre el derecho a la identidad de género, la protección del acceso a servicios de salud vinculados a la afirmación de género y las condiciones en que deben prestarse esos servicios —especialmente cuando se trata de personas menores de edad—, lo que exige evaluaciones interdisciplinarias y consentimiento informado.
Paralelamente, fuentes periodísticas que compilan datos oficiales indican que, entre 2018 y 2024, los registros nacionales no documenten cirugías de reasignación de sexo practicadas en menores de edad en Colombia, un dato que algunos expertos citan para contextualizar la polémica y distinguir entre distintos tipos de intervenciones médicas (terapias hormonales, procedimientos quirúrgicos mayormente realizados en adultos, atención psicológica, etc.). Estas cifras oficiales han sido citadas por medios que cubren el tema y forman parte del marco informativo que rodea la demanda.
Asimismo, la Fundación Valle del Lili es una institución de referencia en la región que dispone de programas y servicios especializados, incluida una Clínica o Unidad de Identidad de Género, lo que explica por qué casos relacionados con la atención en esta rama han llegado en el pasado a revisiones judiciales y tutelas. Las controversias judiciales previas en materia de salud evidencian la existencia de procedimientos jurídicos para dirimir conflictos entre usuarios, EPS e IPS.
Reacciones, riesgos reputacionales y pasos procesales
El expediente en Cali ha encendido reacciones en distintos sectores: activistas, juristas y representantes de derechos humanos han subrayado la necesidad de que el proceso judicial respete la debida reserva de la información clínica mientras se garantizan los derechos de la menor; otras voces piden claridad sobre los protocolos clínicos, la documentación del consentimiento y la actuación de los equipos interdisciplinarios que intervienen en procesos de afirmación de género.
Desde el punto de vista institucional, el trámite civil permitirá que se alleguen historias clínicas, conceptos expertos y testimonios de las partes. La decisión judicial —ya sea una medida cautelar o una sentencia definitiva— definirá responsabilidades y posibles indemnizaciones. Por su parte, la Fundación Valle del Lili cuenta con procedimientos de comunicación institucional y archivos clínicos que serán parte central en la verificación de los hechos; cualquier pronunciamiento oficial de la entidad o acto procesal relevante quedará consignado en la respectiva actuación judicial. Más allá del litigio, el caso plantea desafíos regulatorios y éticos: cómo compatibilizar el derecho a la identidad de género con salvaguardas para la atención de menores, los requisitos de consentimiento informado por parte de representantes legales, la valoración interdisciplinaria previa y la transparencia en los protocolos clínicos. El proceso judicial en Cali será, en consecuencia, un punto de referencia para futuras discusiones sobre prácticas médicas, control institucional y protección de derechos fundamentales.








