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Condenado el Estado por la muerte del magistrado Jorge Alberto Echeverry Correa en el holocausto del Palacio de Justicia

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Soldados atacan el Palacio de Justicia en Bogotá durante el operativo militar de 1985; retrato del magistrado Jorge Alberto Echeverry Correa.

El Consejo de Estado responsabilizó al Estado por la muerte del magistrado Jorge Alberto Echeverry Correa durante el holocausto del Palacio de Justicia.
Foto: Wikimedia Commons y Tribunal Superior de Manizales.

El Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsable a la Nación-Ministerio de Defensa por el fallecimiento del magistrado auxiliar, en el marco de los hechos ocurridos el 6 y 7 de noviembre de 1985; ordena indemnización a sus familiares y actos públicos de reconocimiento.

La decisión judicial y su alcance

El pasado 7 de noviembre de 2025, la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado emitió un fallo mediante el cual declara al Estado colombiano responsable por la muerte del magistrado auxiliar Jorge Alberto Echeverry Correa, ocurrida durante el episodio conocido como el holocausto del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.

El tribunal estableció que la causa de la muerte se explicó por dos líneas concurrentes: por un lado, la irrupción de la guerrilla del M‑19 en la sede judicial –acción calificada como “irracional, violenta, indiscriminada y terrorista”– y, por otro, la omisión estatal en sus deberes de seguridad y protección del recinto junto con el uso “excesivo y desproporcionado” de la fuerza pública durante la retoma.

Como consecuencia, el Consejo de Estado ordenó la indemnización de los familiares del magistrado por perjuicios morales y lucro cesante, además de la publicación de la sentencia en medios de amplia circulación y la realización de un acto público de reconocimiento y perdón para las víctimas.

Contexto histórico y relevancia de la condena

Los hechos ocurrieron los días 6 y 7 de noviembre de 1985 cuando el M-19 tomó el Palacio de Justicia en Bogotá, retuvo a magistrados y funcionarios y desató un enfrentamiento que derivó en la intervención militar del Estado. Echeverry Correa, entonces magistrado auxiliar de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, tenía apenas 32 años al momento de su muerte.

El nuevo fallo del Consejo de Estado llega justamente cuando se conmemoran los 40 años de aquel episodio y representa un hito en la exigencia de responsabilidad patrimonial del Estado frente a una tragedia que dejó decenas de muertos, desaparecidos y heridas institucionales que no se han cerrado.

En la resolución, el tribunal aclara que la toma del Palacio no puede ser vista como una “hazaña política” ni acto heroico, sino como “la afrenta más grave al Estado de Derecho desde la fundación de la República”.

Consecuencias institucionales y pasos siguientes

Con la sentencia emitida, la Nación –en tanto representación del Ministerio de Defensa– deberá asumir los efectos patrimoniales y simbólicos del fallo. La decisión obliga al Estado a reparar económicamente a la familia de Echeverry y a llevar a cabo el acto público de reconocimiento indicado en la providencia.

Además, el tribunal exhortó al Ministerio de Defensa a iniciar acciones de repetición contra los autores o responsables de mando del M-19, en la proporción causal establecida, para garantizar que la reparación no sólo sea simbólica, sino que contemple mecanismos efectivos de exigencia de responsabilidad.

En términos institucionales, la sentencia refuerza el papel del deber estatal de protección de los operadores de justicia y la preservación del edificio público. También plantea un llamado a la transparencia, la verdad y la memoria histórica como elementos esenciales para la estabilidad democrática. Conforme señaló el Consejo de Estado, conocer la verdad es un bien común que permite a las víctimas recuperar dignidad.